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Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia

El pasado 16 de agosto de 2016 entró en vigor la nueva Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia, promovida por la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria. La presente normativa sustituye a la Ley 8/95, define nuevos tipos patrimoniales y delega nuevas atribuciones en los ayuntamientos.
Según sus redactores, esta ley permite una simplificación sobre la materia que regula, desde el punto de vista legislativo -con la derogación de otros tres textos del mismo rango-, administrativo –con la intención de reducir plazos y trámites- y de la clasificación de los bienes -rebajando las tres categorías preexistentes a dos, entre otros aspectos-.
Se consolida el régimen y niveles de protección previstos en la Ley 8/95, introduciendo medidas tendentes a su mejora tanto en el nivel de la regulación internacional, como en el nivel de la organización administrativa, en la búsqueda de una simplificación.

La Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia define nuevos tipos patrimoniales y delega atribuciones en los ayuntamientos

La Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia define nuevos tipos patrimoniales y delega atribuciones en los ayuntamientos


Se deroga y refunde lo dispuesto en la Ley 8/1995, de Patrimonio Cultural de Galicia, la Ley 3/1996, de Protección de los Caminos de Santiago y la Ley 12/1991, de trabajos de dotación artística en las obras públicas y en los Caminos de Santiago de Galicia.
La norma reduce a dos las categorías de bienes del patrimonio cultural de Galicia como bienes de Interés Cultural (BICs) y bienes catalogados.
Una de las principales novedades de la ley viene dada por la habilitación legal para que los ayuntamientos puedan autorizar intervenciones en determinados bienes catalogados del patrimonio.
La norma incluye dos novedades significativas respeto de la anterior: la regulación en un título específico del patrimonio inmaterial, con un tratamiento diferenciado para el idioma gallego y la toponimia, así y la inclusión de nuevas perspectivas de valoración y protección de patrimonios que en el momento de la redacción de la ley del 1995 no estaban desarrolladas ni reguladas en extenso en el campo internacional, tales como el patrimonio subacuático, el industrial, el científico y el técnico.

La ley se puede consultar en la página de la Xunta de Galicia.

Mario César Vila, Santiago de Compostela (A Coruña), 15-IX-2016.

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